Roig Torres, Margarita | |||
This document is a artículoDate2015 | |||
Este documento está disponible también en : http://hdl.handle.net/10550/51972 |
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El estado español ha sido condenado por séptima vez en la STEDH de 7 de octubre de 2014, por incumplir la obligación declarada por la Corte a partir del artículo 3 CEDH, de efectuar una «investigación oficial eficaz» de las denuncias de tortura. En este trabajo se analiza el artículo 174 CP a la luz de la jurisprudencia reciente. A continuación se toma en consideración la postura del Tribunal Constitucional y del TEDH, tanto en lo que hace a la delimitación de las conductas constitutivas de tortura, como de los requisitos procesales relativos a este ilícito. A partir de aquí se trata de discernir si la nueva «ideología de la seguridad» ha minado las garantías de los implicados en este delito. Finalmente, se aborda la polémica relativa a la posible admisión de la tortura en casos extremos, es decir, lo que se conoce como la «tortura del rescate». | |||
Roig Torres, Margarita 2015 Revisión del delito de tortura tras la reciente STEDH de 7 de octubre de 2014 de condena a España. El debate sobre la «Tortura de rescate» (Rettungsfolter) Revista de Derecho Penal y Criminología (uned) 11 - 2014 295 364 |